El vocal de mesa es el elector, designado por una Junta Electoral, para integrar una Mesa Receptora de Sufragios, cumplir las funciones de recibir los votos emitidos y realizar el escrutinio de éstos, entre otras funciones que encomiende la Ley N°18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
El día 15 de abril los secretarios de Juntas Electorales publican nóminas de vocales para Mesas Receptoras de Sufragios.
El día 17 de abril comienza el plazo de presentación de excusas ante las Juntas Electorales para aquellos electores designados vocales de mesa que, por alguna de las causas contempladas en la ley, no puedan cumplir con su labor. Este plazo vence el 19 de abril. Las excusas pueden ser presentadas ante las Juntas Electorales de forma presencial y vía correo electrónico, con los datos disponibles en el sitio de Servel.
Si te designan como Vocal de Mesa
Debes presentarte el día 6 de mayo a las 15:00 horas en tu local de votación a constituir la mesa receptora de sufragios. Si es tu primera vez como vocal, recibirás en esa oportunidad la capacitación necesaria.
El día de la elección debes presentarte a las 7:30 horas en tu local para realizar el acto de instalación de la mesa receptora de sufragios.
Cuáles son las excusas?
– Estar comprendido entre causales de inhabilidad o haber sido designado miembro del colegio escrutador.
– Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros.
– Tener que desempeñar en los mismos días de funcionamiento, otras funciones que encomiende esta ley.
– Tener más de 70 años de edad.
– Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, con certificado médico.
– Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas.
– Personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento de salud.
– Estar al cuidado de adulto mayor en situación de dependencia o persona en situación de discapacidad.
Las excusas se deben presentar ante el Secretario de la Junta Electoral que lo designó Vocal de Mesa, invocando alguna de las causales de inhabilidad. Conjuntamente a la excusa, deben presentarse los documentos que acrediten estas causales, dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la designación.
El día 22 de abril se dará a conocer la nómina de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios.