La Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral de Valdivia sentenció a presidio perpetuo calificado a Alejandro Mauricio Cifuentes Salas por el femicidio de su pareja, hecho ocurrido en 2020 en la localidad de Llongahue, en la comuna de Panguipulli.
La sentencia señala que “los hechos antes mencionados ocurrieron en un contexto de violencia habitual y reiterada, especialmente psicológica, por parte del acusado hacia la víctima desde que contrajeron matrimonio. La violencia ejercida en contra de la víctima, consistió en actos tales como humillaciones, chantajes emocionales, pellizcos, zamarreos, celos violentos, la prohibición a la víctima de salir del domicilio común a reunirse con amistades o a desempeñar un trabajo, la revisión constante de sus pertenencias personales y redes sociales, la destrucción de su teléfono celular, insultos, intimidación y amenazas consistentes en que si la víctima denunciaba o lo dejaba, se suicidaría o bien le provocaría males como el incendio de su casa”.
“Además, los hechos ocurridos el día 3 de noviembre del año 2020, fueron cometidos por el acusado en circunstancias que incumplió lo ordenado por el Juzgado de Familia de Panguipulli que, en audiencia de 2 de septiembre de 2020, reiteró (al condenado) las medidas cautelares impuestas con fecha 20 de agosto del mismo año, contempladas en el artículo 92 N°1 de la ley 19.968, esto es, el abandono del hogar común y prohibición de acercamiento a la víctima, a su domicilio o a cualquier lugar que ella visite o concurra habitualmente. Medida cautelar que le fue personalmente notificada al acusado, bajo el apercibimiento del artículo 10 de la ley 20.066. La medida cautelar se encontraba vigente a la época de ocurrencia de los hechos antes mencionados y el imputado legalmente notificado de la misma en la audiencia ya señalada de 02 de septiembre del 2020”.
De acuerdo al fallo,el hombre además recibirá las sentencias accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y al pago de las costas del procedimiento, en calidad de autor del delito consumado de femicidio.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.